APAMEX
traslada al AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA la obligatoriedad de crear
itinerarios peatonales accesibles como alternativa al corte de los dos pasos a
nivel con motivo de las obras del tren de altas prestaciones que está llevando
a cabo ADIF.
El
asesoramiento normativo se ha facilitado desde la OTAEX (Oficina Técnica de Accesibilidad
de Extremadura) a petición expresa del CONCEJAL DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS E
INFRAESTRUCTURAS.
El
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, ha solicitado el oportuno asesoramiento
normativo a la entidad Apamex para documentar las referencias legislativas en
materia de accesibilidad, en relación a la problemática generada por la
creación de los recorridos alternativos tras el corte de los dos pasos a nivel
con motivo de las obras del tren de altas prestaciones que está ejecutando
ADIF.
El
documento elaborado por OTAEX (Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura)
y que ya obra en poder del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata se centra en
lo recogido en la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se
desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no
discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos
urbanizados, que indica que en los espacios públicos urbanizados y los
elementos que lo componen se proyectarán, construirán y renovarán de forma que
se cumplan, como mínimo, las condiciones básicas de accesibilidad.
Destaca
el citado documento normativo que “dichas condiciones garantizarán unos
espacios públicos urbanizados comprensibles, utilizables y practicables
por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma
más autónoma y natural posible”.
Por
todo ello, se debería haber planteado el trazado de unos recorridos
peatonales alternativos accesibles, que se adapten a los requerimientos
recogidos en la normativa vigente, tanto la Orden TMA/851/2021 citada
anteriormente, como el DECRETO 135/2018, de 1 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la
edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el
transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura. No obstante, en ningún
caso podrán menoscabar las condiciones de seguridad y de accesibilidad
preexistentes.
De
este modo, dichos itinerarios peatonales accesibles deben garantizar el
uso y la circulación de forma segura, cómoda, autónoma y continua de todas las
personas y que no resulten discriminatorios por su longitud, ni por transcurrir
fuera de las áreas de mayor afluencia de personas. Entre sus requisitos destacamos
la necesidad de contar con una anchura de paso de al menos 1.80 m, una
pendiente longitudinal máxima del 6%, con pavimento duro, estable y
antideslizante, que en todo su desarrollo se ajuste a los niveles mínimos de
iluminación requeridos, que incorporen adecuada señalización para facilitar la
orientación de las personas y que garanticen la continuidad en los desniveles
mediante rampas o ascensores, así como la continuidad en los puntos de cruces
entre el itinerario peatonal y el itinerario vehicular.
La
OTAEX (Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura) oficina de Apamex
financiada con fondos públicos, especializada en materia de accesibilidad
universal, es posible gracias al apoyo de la Dirección General de
Accesibilidad y Centros de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la
Junta de Extremadura a la entidad APAMEX. https://www.cocemfebadajoz.org/FTP/BANNERS/DIPTICOOTAEX.pdf
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nuestro blog: www.otaexapamex.org